Micelio

Artículo 1

Decreto 998 de 1956 · Por el cual se fija el aporte del Gobierno Nacional para la construcción y dotación de los Hoteles de Turismo de las ciudades de Cúcuta y Melgar; se concede un auxilio para la construcción y dotación de los Hoteles de Turismo de las ciudades de Popayán, Guamo, San Agustín, Santa Marta y Pasto y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Fijase en la suma millón novecientos cincuenta mil ($ 1.950.000:00) moneda corriente, el aporte del Gobierno Nacional, para la suscripción y pago de acciones de Capital del Estado en la construcción y dotación del Hotel de Turismo de Cúcuta, S.A quedando en estos términos adicionados los Decretos legislativos números 1494 de 1950. 2020 de 1953,. 1887 y 3436 de 1954, y 1141 de 1955. (Destinación adicional $ 300.000.00)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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