°. De conformidad con la Ley 1 a de 1931, créase la Oficina de Control de Centros de Higiene, anexa al Departamento de Servicios Coordinados de Higiene del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, con el siguiente personal y asignaciones mensuales: Un Epidemiólogo-Visitador 320 00 Un Dentista-Revisor 250.00 Un Revisor-Visitador 250.00 Un Veterinario-Revisor 250.00
Decreto 2284 de 1943 →Vigente
Artículo 1
De Conformidad Con La Ley 1 A De 1931, Créase La Oficina De Control De Centros De Higiene, Anexa Al Departamento De Servicios Coordinados De Higiene Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Con El Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales: Un Epidemiólogo-Visitador 320 00 Un Dentista-Revisor 250
Decreto 2284 de 1943 · Por el cual se crea la Oficina de Control de Centros de Higiene y se hacen unos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.