Micelio

Artículo 1

De Conformidad Con La Ley 1 A De 1931, Créase La Oficina De Control De Centros De Higiene, Anexa Al Departamento De Servicios Coordinados De Higiene Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Con El Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales: Un Epidemiólogo-Visitador 320 00 Un Dentista-Revisor 250

Decreto 2284 de 1943 · Por el cual se crea la Oficina de Control de Centros de Higiene y se hacen unos nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De conformidad con la Ley 1 a de 1931, créase la Oficina de Control de Centros de Higiene, anexa al Departamento de Servicios Coordinados de Higiene del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, con el siguiente personal y asignaciones mensuales: Un Epidemiólogo-Visitador 320 00 Un Dentista-Revisor 250.00 Un Revisor-Visitador 250.00 Un Veterinario-Revisor 250.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2284 de 1943