Artículo tercero. Las sumas destinadas en el artículo primero del presente Decreto serán entregadas por sextas partes a la Pagaduría de la Escuela de Salud Pública de Bogotá, previa presentación de las cuentas respectivas.
Decreto 2821 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2821 de 1959 · Por la cual se distribuye parte de la partida global apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, para el sostenimiento de becas en la Escuela Superior de Higiene y otros establecimientos docentes del país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.