º A partir de la publicación de este Decreto no se cobrará suma alguna por los permisos de salida expedidos por el Departamento Administrativo de Seguridad a los extranjeros.
Decreto 417 de 1987 →Vigente
Artículo 1
º A Partir De La Publicación De Este Decreto No Se Cobrará Suma Alguna Por Los Permisos De Salida Expedidos Por El Departamento Administrativo De Seguridad A Los Extranjeros
Decreto 417 de 1987 · por el cual se modifica el ordinal 4° del artículo 1° del Decreto 3677 de 1985.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.