Micelio

Artículo 93

La Junta Directiva De La Caja, Dentro De Su Atribución Estatutaria, Podrá Crear Los Empleos Subalternos No Previstos En El Presente Reglamento, Para Asegurar La Prestación Eficiente De Los Servicios Y Auxiliares, Igualmente Podrá Modificar Las Denominaciones Y Funciones Actuales Y Determinar Los Traslados De Personal Que Sean Necesarios O Convenientes Para La Buena Marcha De La Organización Que Este Reglamento Establece

Decreto 2205 de 1968 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Departamento Médico de la Caja Nacional de Previsión.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La junta directiva de la Caja, dentro de su atribución estatutaria, podrá crear los empleos subalternos no previstos en el presente reglamento, para asegurar la prestación eficiente de los servicios y auxiliares, igualmente podrá modificar las denominaciones y funciones actuales y determinar los traslados de personal que sean necesarios o convenientes para la buena marcha de la organización que este reglamento establece.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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