Para ser empleado de manejo es preciso observar buenas conductas no haber sido condenado a pena corporal o a la privación o suspensión de un empleo público, no haber sido calificado por sentencia ejecutoriada como quebrado fraudulento o culpable, y no ser deudor morosos del Tesoro.
Tampoco puede ser empleado de manejo quien, habiéndose sido en otro tiempo, resultó alcanzado en sus cuentas, aun cuando los alcances hayan sido declarados prescritos, o no haya tenido sus cuentas oportunamente.