º. Modificar el inciso 2º del artículo 1º del Decreto 1291 de 2003, el cual quedará así: "En consecuencia, a partir de la vigencia del presente decreto, dicho establecimiento entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar el 31 de julio de 2006 y utilizará para todos los efectos la denominación Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, Inat en Liquidación y estará adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural".
Decreto 1491 de 2006 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1491 de 2006 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1291 de 2003.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.