000) tomados de los pagarés del Tesoro destinados por los artículos 2° de la Ley 20 de1930 y 3° de la Ley 18 de 1932 para la financiación de las obras del nuevo acueducto de Cartagena; en la de cincuenta mil pesos ( $ 50.000) de intereses devengados por los mismos pagares, y en la de sesenta y seis mil cuarenta y nueve pesos, con sesenta centavos ($ 66.049.62) que está en poder del Tesorero de la Junta Municipal del mismo acueducto, ábrese un crédito adicional de carácter suplemental al Presupuesto vigente por la suma de doscientos cincuenta y seis mil cuarenta y nueve pesos, con sesenta y dos
PRESUPUESTO DE GASTOS EXTRAORDINARIOS
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS