De la partida global liquidada en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso para el Ministerio de Fomento, en el Capítulo 87 -Construcciones y Aportes artículo 1158, "para construcción de obras de fomento del turismo o aportes a las mismas, según distribución que hará el Gobierno Nacional por Decreto separado", hácese la siguiente distribución parcial:
CAPITULO 87, ARTICULO 1158.