Micelio

Artículo 12

Por El Servicio De Acueducto No-Residencial Se Pagará Un Cargo Fijo Mensual Y Un Cargo Por Consumo De Agua

Decreto 394 de 1987 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 3069 de 1968 y 149 de 1976 y se establece una estructura nacional de tarifas para los servicios de acueducto y alcantarillado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por el servicio de acueducto no-residencial se pagará un cargo fijo mensual y un cargo por consumo de agua. El cargo fijo mensual será independiente del consumo de agua y su valor dependerá del diámetro de la acometida. El cargo por consumo se cobrará multiplicando el consumo de agua, medido en metros cúbicos, por una tarifa única por metro cúbico, cuyo valor se determinará con base en el costo económico de prestación del servicio.

Parágrafo

Cuando el servicio de acueducto hubiese sido cortado no se cobrará el cargo fijo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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