Incurrirá en ejercicio ilegal de la profesión de gerontología y estará sometido a las sanciones establecidas, quienes:
A. No siendo profesional en Gerontología, se anuncie como tal, se haga pasar como tal u ofrezca servicios profesionales que requieren de dicha calidad.
B. El profesional en Gerontología que actúe como tal estando suspendido o excluido de la profesión.
C. El profesional en Gerontología que intervenga ejerza, existiendo sentencia de inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de intereses.
Cualquier persona podrá denunciar ante las autoridades competentes la infracción por ejercicio ilegal de la profesión de gerontología, de que tenga conocimiento.