Micelio

Artículo 2

º El Consejo De Políticas De Programación De Radio Y Televisión Educativa Y Cultural Estará Integrado De La Siguiente Manera: A) Por El Ministro De Comunicaciones O Su Delegado, Quien Llevará La Vocería Del Consejo Ante La Junta Directiva De Inravisión; B) Por El Ministro De Educación O Su Delegado C) Por Un Asesor Presidencial D) Por El Director De Inravisión; E) Por El Jefe Del Departamento De Planeación Nacional O Su Delegado; F) Por El Subdirector De Educación A Distancia De Inravisión, El Cual Tendrá Voz Pero No Voto Y Actuará Como Secretario Del Consejo; G) Por El Subdirector De Radiodifusión El Cual Tendrá Voz Pero No Voto

Decreto 3266 de 1985 · Por el cual se crea un consejo de políticas y programación de Televisión Educativa y Cultural del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Consejo de Políticas de Programación de Radio y Televisión Educativa y Cultural estará integrado de la siguiente manera

a)

Por el Ministro de Comunicaciones o su delegado, quien llevará la vocería del Consejo ante la Junta Directiva de Inravisión;

b)

Por el Ministro de Educación o su delegado

c)

Por un Asesor Presidencial

d)

Por el Director de Inravisión;

e)

Por el Jefe del Departamento de Planeación Nacional o su delegado;

f)

Por el subdirector de Educación a Distancia de Inravisión, el cual tendrá voz pero no voto y actuará como Secretario del Consejo;

g)

Por el Subdirector de Radiodifusión el cual tendrá voz pero no voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3266 de 1985