Micelio

Artículo 334

Ley 522 de 1999 · LEY 522 DE 1999, 12/08/1999, por medio de la cual se expide el Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La sentencia debe contener:

1.

Un resumen de los hechos investigados.

2.

Identificación o individualización del procesado o procesados.

3.

Un resumen de los alegatos presentados por las partes con el correspondiente análisis valorativo.

4.

Análisis y valoración jurídica de las pruebas que sirvan de fundamento a la decisión.

5.

Los fundamentos jurídicos de la imputación que se haga al procesado o a cada uno de los procesados.

6.

Los fundamentos jurídicos del fallo absolutorio, en su caso.

7.

Resolución de condena a la pena principal y a las accesorias que correspondan en cada caso.

8.

La suspensión condicional de la ejecución de la sentencia, cuando a ello hubiere lugar.

9.

La especificación concreta y clara de los factores de dosimetría penal.

La parte resolutiva de la sentencia estará precedida de las siguientes palabras: "Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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