Micelio

Artículo 429

Para Vestuario Y Equipo Del Personal, En El Año $ 1

Decreto 2869 de 1952 · Por el cual se abren unos créditos adicionales -suplementales y extraordinarios - al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Guerra)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Con base en el mayor producto de las rentas de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- a la Ley de Apropiaciones vigente: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 43 Ministerio y Ejército. Al artículo 429. Para vestuario y equipo del personal, en el año $ 1.210.498.47 Al artículo 430. Pará adquisición y conservación de materiales y aseguro de los mismos y de dineros, en el año 17.000.00 Al artículo 434. Para transportes, auxilios de marcha y viáticos, en el año 300.000.00 Al artículo 435-A. Para continuar la construcción de los talleres de la Intendencia, en el año 80.000.00 Al artículo 436-A. Para continuar la construcción del Hospital Militar Central, según Decreto legislativo número 3883 de 1949 1.500.000.00 Al artículo 455. Para adquisición y conservación de armamento y material de guerra, en el año 2.725.622.13 Al artículo 460. Para diferencias a favor de la Caja de Sueldos de Retiros, en el año 241.000.00 CAPITULO 45 Armada Nacional. Al artículo 480. Para vestuario y equipo del personal, en el año 20.000.00 Al artículo 480-A. Para adquisición de mobiliario 60.000.00 Al artículo 482. Para construcción de nuevos edificios e instalaciones en tierra, en el año 100.000.00 Al artículo 485-A. Para embarcaciones e instalaciones de la Flotilla Fluvial del Meta 472.250.00 CAPITULO 46 Gastos Varios. Al artículo 494. Para drogas, elementos de sanidad, higiene, hospitalizaciones, servicios médicos y quirúrgicos, conservación de enfermerías, sostenimiento de hospitales, compra y reparación de ambulancias y materiales, en el año 500.000.00 Al artículo 496. Para prestaciones sociales (cesantías, jubilaciones e indemnizaciones, seguros de vida, accidentes de trabajo, recompensas, anticipos de cesantías y otros), en la presente vigencia fiscal y anteriores, en el año 900.000.00 Total $ 8.126.270.60

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2869 de 1952