Articulo 5 º. Son funciones del Subsecretario General
Preparar las labores del Consejo de Ministros, llevar las actas de sus sesiones, vigilar el cumplimiento de sus decisiones y cumplir los encargos que el mismo Consejo le confiera, todo conforme a las instrucciones del Secretario General;
Asistir al Secretario General en el desempeño de las funciones;
Preparar y refrendar las resoluciones y demás actos que deba expedir el Secretario General;
Seleccionar, de acuerdo con las instrucciones del Presidente o del Secretario General, y en coordinación con la Casa Militar, el personal de la Presidencia y preparar o dictar, conforme a los actos de delegación, todas las providencias necesarias para la administración del mismo;
Dirigir y coordinar las unidades de servicios administrativos internos que se creen bajo su dependencia;
Tramitar las solicitudes de copias de actos oficiales y a autenticar dichas copias, y
Las demás que le asignen el Presidente de la República y el Secretario General.