Micelio

Artículo 8

Para Los Efectos De La Organización Interna Del Ministerio De Industrias, La Nueva Dependencia Que Se Crea Se Denominará Sección 8º, Estará Sujeta En Su Marcha Y Horas De Trabajo Al Reglamento General De Ese Despacho, Y Rendirá A La Secretaría Un Informe Quincenal Sobre La Marcha De Sus Labores Y Medidas Que Deben Adoptarse Para Auxiliar Su Eficaz Funcionamiento

Decreto 637 de 1924 · Por el cual se reglamenta la Ley 83 de 1923, que crea la Oficina General del Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos de la organización interna del Ministerio de Industrias, la nueva dependencia que se crea se denominará Sección 8º, estará sujeta en su marcha y horas de trabajo al reglamento general de ese Despacho, y rendirá a la Secretaría un informe quincenal sobre la marcha de sus labores y medidas que deben adoptarse para auxiliar su eficaz funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 637 de 1924