Micelio

Artículo 2

La Instalación De La Asamblea Se Efectuará En La Fecha Señalada En El Artículo Anterior A Las Cuatro (4) De La Tarde

Decreto 742 de 1957 · Por el cual se convoca la Asamblea Nacional Constituyente a sesiones extraordinarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La instalación de la Asamblea se efectuará en la fecha señalada en el artículo anterior a las cuatro (4) de la tarde.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 742 de 1957