Micelio

Artículo 9

El Suministro De Fondos Para Cubrir Los Gastos Que Ocasionen Los Censos Nacionales, No Estará Sometido A La Distribución Por Doceavas Partes De La Suma Global Apropiada En El Presupuesto Nacional, Sino Que Se Hará En La Cuantía En Que Las Necesidades Lo Requieran

Decreto 1628 de 1963 · Por el cual se dictan disposiciones sobre los censos Nacionales, en desarrollo de la Ley 2ª der 1962

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El suministro de fondos para cubrir los gastos que ocasionen los censos nacionales, no estará sometido a la distribución por doceavas partes de la suma global apropiada en el presupuesto nacional, sino que se hará en la cuantía en que las necesidades lo requieran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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