Micelio

Artículo 13

Transitorio

Decreto 2218 de 1978 · por el cual se modifica la estructura orgánica de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio. Hasta tanto se dicten los decretos y resoluciones de incorporación de los funcionarios correspondientes a la planta de personal de las dependencias creadas por el presente Decreto, las funciones determinadas por los artículos 4º, 6º, 7º y 10 del mismo, serán ejercidos por la Sección de Auditoría Interna de Impuestos sobre la Renta y Sucesoral, Sección Auditoría Interna de Impuestos sobre las Ventas, Sección Auditoría Externa y Sección de Auditoría de Sociedades de la Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá, según el caso. Los del artículo 3º serán ejercidos por el Grupo que designe el respectivo Administrador de Impuestos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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