Micelio

Artículo 3

Decreto 175 de 1978 · Por el cual se establece el Régimen de Importaciones Menores y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Bajo el Régimen de Importaciones Menores establecido en este Decreto, el Instituto de Asuntos Nucleares podrá importar isótopos radioactivos de las posiciones 28.50.00.00, 28.51.00.00 y 28.52.00.00 en despachos cuyo valor total ex-fábrica no exceda de US$ 2.000,00. Igual facultad, y hasta la cuantía de US$500,00; tendrán los Organismos o personas a quienes el Instituto de Asuntos Nucleares autorice para tal fin, debiéndose inscribir bimensualmente ante la Dirección General de Aduanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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