Micelio

Artículo 3

Ley 59 de 1982 · Por la cual se hace un aumento porcentual a los empleados del Congreso y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada Congresista en ejercicio tendrá un asistente más, que ejercerá sus funciones en la Oficina asignada a éste en el Capitolio y será de libre nombramiento y remoción del Director Administrativo de cada Cámara a solicitud escrita del respectivo Senador o Representante; este Asistente tendrá la Categoría I de acuerdo a la Ley 52 de 1978 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 59 de 1982