Micelio

Artículo 2

Ley 51 de 1958 · Por la cual la Nación contribuye a la Construcción del Hospital Regional de Sincelejo, y al sostenimiento del existente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el presupuesto del Ministerio de Higiene y Salud Pública se incluirán las partidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley, y si así no se hiciere facultase al Gobierno para que, con el fin indicado, haga los traslados o abra los créditos que sean necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1958