Micelio

Artículo 10

Oficina Asesora De Planeación

Decreto 2232 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Asesora de Planeación . Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes: 10.1 Asesorar a la Dirección General y a las dependencias de la entidad en la elaboración de planes y programas institucionales e igualmente en los procesos de planeación y programación. 10.2 Elaborar el plan estratégico de la entidad, en coordinación con la Oficina de Planeación del Ministerio de Educación Nacional y con las diferentes áreas de la entidad, y realizar su evaluación mediante el diseño de un sistema de indicadores que permita monitorear la ejecución de los programas y proyectos. 10.3 Diseñar e implementar un sistema de indicadores que permita monitorear el desarrollo de las actividades misionales y de apoyo del Instituto y presentar propuestas de mejoramiento a la Dirección General. 10.4 Coordinar la elaboración del Plan de Acción del Instituto y llevar a cabo su seguimiento. 10.5 Asesorar a las demás dependencias del Instituto en la elaboración de programas y proyectos que deban llevarse a cabo, para el cumplimiento de las funciones misionales y de apoyo. 10.6 Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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