Micelio

Artículo 17

Ley 102 de 1922 · por la cual se confieren varias autorizaciones al Poder Ejecutivo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda facultado el Gobierno para contratar con ingenieros de la más alta reputación, el estudio técnico, el presupuesto de construcción, el prospecto de producción, etc., de una parte o de la totalidad de las vías determinadas en el artículo 4° En este caso, los estudios que hasta el presente se hayan verificado sobre alguna o algunas de tales líneas, se tomarán en cuenta para rectificarlos o complementarlos, si fuere necesario. Pero para la contratación del empréstito o empréstitos no será indispensable que el Gobierno ejercite previamente la facultad que se le confiere en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 102 de 1922