º. Reajuste del monto de capital mínimo fijado. El valor a que se refieren los artículos 1º y 2º del presente Decreto se ajustarán anualmente a partir del 1º de enero de 1998, en un porcentaje igual a la meta de inflación fijada para el año en que se proceda al reajuste, de conformidad en las normas vigentes sobre la materia.
Decreto 2304 de 1996 →Vigente
Artículo 3
Reajuste Del Monto De Capital Mínimo Fijado
Decreto 2304 de 1996 · por medio del cual se establece el capital mínimo de las Sociedades Administradoras de Inversión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.