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Artículo 37

Para El Mejor Cumplimiento De Las Funciones Que Le Están Adscritas, En Especial Las De Investigación Y Docencia, El Instituto Nacional De Salud Pasará A Ser Una Dependencia Del Instituto Nacional Para Programas Especiales De Salud (Inpes)

Decreto 2470 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Salud Pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el mejor cumplimiento de las funciones que le están adscritas, en especial las de investigación y docencia, el Instituto Nacional de Salud pasará a ser una dependencia del Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud (INPES). El Gobierno reglamentará la fecha y modalidades del traslado de los bienes e instrumentos que están a cargo del Instituto Nacional de Salud conforme a las disposiciones que al efecto dicte la Contraloría General de la República.

Parágrafo

El Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud (INPES), utilizará preferentemente, en desarrollo de lo dispuesto en el presente artículo, al personal que actualmente presta servicios al Instituto Nacional de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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