Artículo único. El doctor Hernando Téllez, durante el tiempo que desempeñe el cargo de Delegado Permanente de Colombia ante la UNESCO, tendrá derecho a recibir en dicho carácter la cantidad de trescientos pesos ($ 300.00) mensuales por concepto de gastos de representación, los cuales le serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Este Decreto entrará a regir el 1° de diciembre del año en curso. Comuníquese y publíquese.