Micelio

Artículo 72

La Comisión Pactada En Favor De La Entidad O Empresa Que Desempeñe Actividades Fiduciarias, Será Pagada De Los Rendimientos Provenientes De Las Inversiones Realizadas Con La Suma Constitutiva Del Valor Del Contrato

Decreto 1767 de 1990 · por el cual se dicta el Estatuto de Ciencia y Tecnología.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La comisión pactada en favor de la entidad o empresa que desempeñe actividades fiduciarias, será pagada de los rendimientos provenientes de las inversiones realizadas con la suma constitutiva del valor del contrato. Los rendimientos generados por dichas inversiones, una vez descontada la comisión a que se refiere el inciso anterior, se reinvertirán en el cumplimiento del objeto del contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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