Funciones de los Comandantes de Distrito. Son funciones de los Comandantes de Distrito Militar:
Dirigir y efectuar la inscripción de los conscriptos de su jurisdicción, para efectos de incorporación y clasificación;
Dar estricto cumplimiento a los itinerarios de correrías en su jurisdicción;
Clasificar el personal con inhabilidades, exenciones o sobrantes de su jurisdicción. En este último caso podrá apoyar a otras unidades de Reclutamiento y Movilización;
Controlar el proceso de incorporación de los conscriptos.
Elaborar el registro militar de su Distrito;
Conocer en primera instancia de las infracciones establecidas en el artículo 41 de la Ley 48 de 1993.
(Decreto 2048 de 1993 artículo 6°)
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.3.1.4.1.6. Funciones de los Comandantes de Distrito. Son funciones de los Comandantes de Distrito Militar:
Dirigir y efectuar la inscripción de los conscriptos de su jurisdicción, para efectos de incorporación y clasificación;
Dar estricto cumplimiento a los itinerarios de correrías en su jurisdicción;
Clasificar el personal con inhabilidades, exenciones o sobrantes de su jurisdicción. En este último caso podrá apoyar a otras unidades de Reclutamiento y Movilización;
Controlar el proceso de incorporación de los conscriptos.
Elaborar el registro militar de su Distrito;
Conocer en primera instancia de las infracciones establecidas en el artículo 41 de la Ley 48 de 1993.
(Decreto 2048 de 1993 artículo 6°)
TEXTO CORRESPONDIENTE A