º FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL. El Director General del Instituto es agente del Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción, y tendrá las siguientes funciones
Dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones del Instituto, conforme a las disposiciones legales y estatutarias y a los acuerdos de la Junta Directiva.
Nombrar y remover, conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes, personal del Instituto.
Someter a consideración de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto de ingresos, inversiones y gatos y las sugerencias que estime convenientes para el buen funcionamiento del Instituto.
Presentar anualmente los balances generales, el proyecto de aplicación de las utilidades y un informe sobre la marcha general del Instituto.
Presentar a la Junta Directiva, los informes adicionales que le soliciten y practicar para ellos los estudios especiales que ordenen.
Delegar en sus subalternos las funciones que considere pertinentes conforme a la ley y los reglamentos.
Las demás que le señalen la ley, los estatutos Y acuerdos de Junta Directiva, y las que, refiriéndose a la marcha del Instituto, no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.