Las apropiaciones para gastos incluidas, en el, presupuesto, son autorizaciones que se dan al correspondiente gobierno y qué expira en el 31 de diciembre de, cada año al terminar el período fiscal. Después de dicha fecha las apropiaciones de ese año no podrán adicionarse, ni transferirse, ni contracreditarse. Para atender el pago de las obligaciones contraídas por el respectivo gobierno antes del treinta y uno (31) de diciembre, con cargo a las apropiaciones de la vigencia, insolutas en dicha fecha, el delegado de la Contraloría y el Secretario de Hacienda harán reservas de apropiaciones, al liquidador el ejercicio, que registrar á como pasivos exigibles en el balance. En tales casos, sólo se podrán Contabilizar reservas de apropiaciones por los siguientes conceptos: 1.° Para amparar compromisos contractuales que hubieren quedado pendientes del pago el treinta y uno (31) de diciembre de la respectiva vigencia hasta concurrencia del saldo de la apropiación siempre y cuando que dicho saldo no sea superior al valor del correspondiente contrato. 2.° Para atender a la deuda pendiente de pago en treinta y uno (31) de diciembre de las oficinas de manejo, que los responsables denunciaren antes del veintiocho (28) de febrero siguiente que haya sido contraída con base en las relaciones de autorización que hubiere expedido el Gobierno y que haya refrendado el delegado de la Contraloría antes de terminar el año. 3.° Para apropiaciones destinadas al pago del servicio de la deuda pública. 4.° Para apropiaciones pagaderas en fondos provenientes de empréstitos, hasta la cuantía de los fondos disponibles o de los saldos no ingresados, cuando el Secretario de Hacienda así lo solicite por estar garantizado el ingreso del recurso. 5.° Para atender a la deuda que tenga apropiación presupuestal y que se origine en gastos personales, de transporte, comunicaciones, otros servicios públicos y previsión social.
Decreto 1927 de 1975 →Vigente
Artículo 65
Las Apropiaciones Para Gastos Incluidas, En El, Presupuesto, Son Autorizaciones Que Se Dan Al Correspondiente Gobierno Y Qué Expira En El 31 De Diciembre De, Cada Año Al Terminar El Período Fiscal
Decreto 1927 de 1975 · Por el cual se dictan normas para elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de Intendencias y Comisarías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.