Micelio

Artículo 3

Decreto 735 de 1971 · Por el cual se delegan unas funciones al Gobernador del Departamento de Nariño

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Tercero. Las funciones de inspección y vigilancia a que se refieren los artículos 247 a 251 y 272, inclusive, del Decreto 1275 de 1970, continuarán siendo ejercidas por el Ministerio de Minas y Petróleos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 735 de 1971