De la Sección de Visitaduría del Trabajo . Corresponde a la Sección de Visitaduría del Trabajo desarrollar las siguientes funciones
Practicar, en todos los lugares de trabajo, de oficio, visitas de inspección para establecer el cumplimiento de las normas legales, convencionales y arbitrales en materia de trabajo;
Adelantar, a solicitud de parte, las investigaciones a que haya lugar por el incumplimiento de normas legales, convencionales y arbitrales en materia de trabajo;
Preparar proyectos de material instructivo para uso de Inspectores de trabajo y seguridad Social y funcionarios de las dependencias departamentales en lo relacionado con la vigilancia y control del cumplimiento de las normas legales, convencionales o arbitrales: e) Estudiar las actas de visitas de inspección y los informes relacionados con las investigaciones con el fin de informar, a la unidad competente, acerca de los problemas y las necesidades que resulten de la aplicación de las disposiciones legales reguladoras del derecho de trabajo; f) Promover armónicas relaciones entre empleadores y trabajadores con mirar a prevenir los conflictos entre éstos instruyéndolos sobre sus derechos y obligaciones; g) Vigilar el cumplimiento de las normas sobre salario mínimo legal, y h) Preparar y suministrar la información necesaria para la elaboración de estadísticas relacionadas con las labores de vigilancia y los fenómenos encontrados a través de ellas.