En la organización que acuerde la junta directiva de la Corporación, para la percepción del gravamen de valorización, deberá autorizar la intervención de los propietarios beneficiados con la construcción de la obra, en la formación del presupuesto de ésta, en el reparto de la contribución, en la vigilancia sobre inversión de los fondos.
Ley 40 de 1971 →Vigente
Artículo 18
Ley 40 de 1971 · por la cual se crea la Corporación Regional Autónoma para la defensa de las ciudades de Manizales, Salamina y Aranzazu, se determina su régimen de funcionamiento y se provee a su financiación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.