Micelio

Artículo 3

Ley 29 de 1964 · Por la cual se crean los premios nacionales de cultura, destinados a fomentar y recompensar la actividad científica, literaria, artística e histórica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la próxima vigencia y con carácter forzoso, se incluirá en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional una partida de cuatrocientos mil pesos ($400.000.00) que, dividida por cuatro partes, se destinará a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 29 de 1964