Por haberse pospuesto la reunión del primer Congreso Nacional de Farmacia, que debió tener lugar en el año de 1937, las disposiciones de la Ley 36 de 1937 se entienden expedidas en relación al dicho Congreso que habrá de reunirse en Bogotá próximamente, aumentándose la partida del auxilio que concede dicha ley a la suma de cinco mil pesos ($ 5,000).
En estos términos se modifica el artículo 1° de la citada Ley 36 de 1937 .