Coordinación administrativa en las Instituciones de Educación Superior (IES). Las Instituciones de Educación Superior (IES) que creen empresas de base tecnológica (Spin Off) deberán incluir dentro de su estructura administrativa, en ejercicio de su autonomía y conforme a sus estatutos y normas internas, una dependencia, dirección o cualquier instancia que cada IES considere pertinente, cuya función sea la de coordinar y hacer seguimiento a las actividades adelantadas por estas, según cada tipología. Esta dependencia, instancia o dirección tendrá a su cargo la información relacionada con las iniciativas de creación de empresas de base tecnológica (Spin Off) y podrá adelantar el seguimiento de las mismas, conforme a los criterios que establezcan las Instituciones de Educación Superior (IES). Las Instituciones de Educación Superior (IES) podrán realizar la coordinación de las actividades de transferencia de conocimiento y/o tecnología, validación, creación, aprobación y demás acciones relacionadas con las empresas de base tecnológica (Spin Off), a través de una dependencia, instancia o dirección previamente creada, siempre y cuando se le asigne dicha función en los estatutos, reglamentación o disposiciones internas.
Las Instituciones de Educación Superior (IES) reportarán al Ministerio de Educación Nacional la creación de empresas de base tecnológica tipo Spin Off, según los lineamientos que este establezca. CAPÍTULO 2 De las Etapas de las Empresas de Base Tecnológica (Spin Off)