Micelio

Artículo 6

Los Miembros De La Comisión Devengaran Durante El Termino De Sus Funciones Remuneración De $ 3

Decreto 165 de 1958 · Por el cual se crea una Comisión Nacional Investigadora de las causas y situaciones presentes de violencia en el territorio nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los miembros de la Comisión devengaran durante el termino de sus funciones remuneración de $ 3.000.00cada uno y tendrán derecho de viáticos de cien pesos diarios, durante el tiempo de sus visitas a las regiones objeto de labor

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 165 de 1958