Micelio

Artículo 1

Hácense Extensivas Al Puerto De "yeguas" Todas Las Obligaciones Que Tiene El Inspector De Navegación Fluvial De Honda En Aquel Puerto, Señaladas Por Los Incisos 1

Decreto 780 de 1884 · Por el cual se reforma el número 640 de 1881 (25 de agosto) "que reglamenta la navegación fluvial del río Magdalena"

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense extensivas al puerto de "Yeguas" todas las obligaciones que tiene el Inspector de navegación fluvial de Honda en aquel puerto, señaladas por los incisos 1.° 3.° y 10 del Decreto número 640 de 1881.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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