Decreto 625 de 2022 · Por el cual se adiciona y se modifica el Decreto 1821 de 2020, Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Adiciónese el inciso segundo del artículo 2.1.1.9.7 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1821 de 2020, el cual quedará así: “Para aquellos proyectos de inversión registrados a 31 de diciembre de 2020, que dentro del término establecido en el presente artículo no sean homologados a los conceptos de gastos de los que trata el artículo 205 de la Ley 2056 de 2020 y el
Parágrafo transitorio
2° del artículo 2.1.1.1.5 del presente decreto, se les aplicará la homologación automática predeterminada en el Banco de Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías”.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.