Perfil de la persona facilitadora de la valoración de apoyos . La persona natural facilitadora de la valoración de apoyos designada por las entidades públicas o privadas, deberá cumplir y acreditar el siguiente perfil
Título profesional en las áreas o campos relacionadas con las ciencias humanas, sociales o afines.
Tener conocimientos sobre la Ley 1996 de 2019 y sobre los lineamientos y el protocolo nacional para la realización de la valoración de apoyos expedidos por el ente rector del Sistema Nacional de Discapacidad, los cuales acreditará con los certificados, constancias o diplomas de formación adquiridos en instituciones públicas o privadas.
Experiencia profesional de mínimo dos (2) años relacionada con el trabajo con personas con discapacidad y sus organizaciones de o para personas con discapacidad.
El anterior perfil podrá ser flexibilizado por la entidad pública o privada que presta el servicio de valoración. En tal caso, la entidad pública o privada deberá certificar por escrito que en el lugar de ubicación de su sede, no fue posible encontrar la formación profesional exigida; y, podrán ser personas facilitadoras de la valoración de apoyos aquellas que, sin cumplir el requisito del título profesional, acrediten los conocimientos sobre la Ley 1996 de 2019, sobre los lineamientos y el protocolo nacional para la valoración de apoyos y la experiencia de trabajo comunitario con las personas con discapacidad y/o las organizaciones de o para personas con discapacidad, como mínimo durante dos (2) años.