º Adiciónase el artículo 2.1.2.2.5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero con la siguiente letra: "m) Actuar como representante de los tenedores de bonos, salvo en los casos de las incompatibilidades previstas en el artículo 28 del Decreto 1026 de 1990 y normas que lo adicionen o reformen, siempre que sean autorizadas para el efecto por la Superintendencia Bancaria".
Decreto 1763 de 1992 →Vigente
Artículo 4
Adiciónase El Artículo 2
Decreto 1763 de 1992 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.