º El inciso 3º del artículo 12 del Decreto 2998 de 1977, quedará así: Si el contribuyente es responsable del impuesto sobre las ventas no será necesario incluir en la relación de pagos de los años gravables de 1976 y 1977, los que se encuentren en las relaciones bimestrales de compras que se presentaron con las declaraciones de ventas del respectivo año.
Artículo 2
El Inciso 3º Del Artículo 12 Del Decreto 2998 De 1977, Quedará Así: Si El Contribuyente Es Responsable Del Impuesto Sobre Las Ventas No Será Necesario Incluir En La Relación De Pagos De Los Años Gravables De 1976 Y 1977, Los Que Se Encuentren En Las Relaciones Bimestrales De Compras Que Se Presentaron Con Las Declaraciones De Ventas Del Respectivo Año
Decreto 389 de 1978 · Por el cual se reglamenta el artículo 78 de la Ley 52 de 1977, se modifica el artículo 12 del Decreto 2998 de 1977 y se aclara el artículo 1 del Decreto 0088 de 1978
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.