º Para los efectos del artículo 34 de la Ley 75 de 1986, los Consorcios y similares deberán llevar libros de contabilidad, debidamente inscritos en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio del lugar donde se hayan constituido. Para la vigencia fiscal de 1986, se admitirá como prueba contable, el registro en los libros de un balance de apertura cortado a 31 de diciembre de 1986, en el que se refleje el resultado financiero del ejercicio, el cual deberá estar certificado por contador público y, en todo caso, los registros contables deberán disponer de los soportes o comprobantes internos y externos que los respalden.
Decreto 823 de 1987 →Vigente
Artículo 3
Para Los Efectos Del Artículo 34 De La Ley 75 De 1986, Los Consorcios Y Similares Deberán Llevar Libros De Contabilidad, Debidamente Inscritos En El Registro Mercantil De La Cámara De Comercio Del Lugar Donde Se Hayan Constituido
Decreto 823 de 1987 · por el cual se amplia el plazo para la presentacion y pago de unas declaraciones tributarias por el año gravable de 1986 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.