Micelio

Artículo 1

Ley 73 de 1963 · por la cual se ordena la construcción de una carretera y la ampliación y rectificación de otra en el Departamento del Cauca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación construirá, por conducto del Ministerio de Obras Públicas y con especificaciones de vía principal, la carretera que partiendo de la ciudad de Bolívar, en el Municipio del mismo nombre, Departamento del Cauca, empalme con la carretera Troncal de Occidente, ruta número once (11), atenderá, después de construída, a su correcta conservación y más tarde a su pavimentación. Esta carretera se considera incluída en el Plan Vial Nacional.

Parágrafo

En los estudios respectivos se seguirá el criterio de escoger la vía más corta y económica entre los dos (2) sitios indicados, los cuales serán los únicos puntos obligados del trazado general.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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