Son funciones de la División de Documentación
Recibir, radicar, seleccionar, sustanciar, entregar, controlar y prestar los servicios inherentes al manejo de los documentos bajo su responsabilidad, de acuerdo con los programas, manuales, reglamentos e instrucciones impartidos por las dependencias del Nivel Central;
Recibir, radicar, seleccionar, distribuir y controlar la correspondencia general de la Administración;
Llevar el libro actualizado de los documentos originados en los procesos de determinación, recaudo y discusión de los impuestos y demás documentos bajo su responsabilidad;
Revisar, foliar, criticar, clasificar, codificar y realizar los demás procesos que sean necesarios para el control y manejo interno de los documentos y para el envío a la unidad de Procesamiento Automático de Datos;
Preparar y enviar los documentos y expedientes requeridos por las dependencias de la Administración y de la Dirección General;
Notificar liquidaciones y fallos a los contribuyentes de acuerdo con los programas, manuales, reglamentos e instrucciones emanados del Nivel Central;
Formalizar y llevar el registro y control del flujo de documentos entre las dependencias de la Administración, y entre éstas y el Nivel Central;
Expedir números de identificación tributaria (NIT) y atender a la presentación de Actas Juramentadas, de acuerdo a las normas legales y los programas, manuales, reglamentos e instrucciones impartidos por el Nivel Central;
Verificar el cumplimiento de los presupuestos procesales y desechar los recursos que no los cumplen, de acuerdo con el Decreto 1651 de 1961, el 3288 de 1963, el 3192 y 3193 de 1963 y el artículo 24 del Decreto 2821 de 1974, y resolver los recursos de reposición interpuestos contra los autos respectivos cuando sea procedente confirmarlos;
Cumplir con los programas, manuales, reglamentos e instrucciones emanados del Nivel Central en materia de administración de documentos, y
Llevar estadísticas sobre tiempos de proceso y recuperación y demás datos sobre el flujo de documentos.