Micelio

Artículo 60

El Gobierno Podrá Retener, De Las Apropiaciones Liquidadas En El Presupuesto, Y Llevar Al Fondo Del Servicio De La Deuda Externa, Las Cuotas Que Deban Atender Aquellas Entidades Que Estén Obligadas, Por Su Carácter De Deudoras Directas A Pagar El Servicio De Préstamo Externo Y Cuando Éstas No Lo Hicieren Oportunamente

Decreto 2608 de 1973 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno podrá retener, de las apropiaciones liquidadas en el Presupuesto, y llevar al Fondo del Servicio de la Deuda Externa, las cuotas que deban atender aquellas entidades que estén obligadas, por su carácter de deudoras directas a pagar el servicio de préstamo externo y cuando éstas no lo hicieren oportunamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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