º. Funciones del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vías, Invías. Son funciones del Consejo Directivo las siguientes: 6.1 Formular a propuesta del Director General la política general del organismo, los planes y programas que conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica de Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo. 6.2 Formular a propuesta del Director General, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo. 6.3 Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad. 6.4 Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura que considere pertinente y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus estatutos de creación o reestructuración. 6.5 Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la entidad y sus modificaciones de conformidad con la ley. 6.6 Aprobar los estados financieros de la entidad. 6.7 Aprobar la causación, distribución y cobro de la contribución de la valorización por la ejecución de obras de infraestructura de competencia de la entidad. 6.8 Darse su propio reglamento. 6.9 Las demás que le señalen la ley, el acto de creación y los estatutos internos.
Decreto 2056 de 2003 →Vigente
Artículo 6
º
Decreto 2056 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías, Invías, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.