° Los exploradores que hubieren verificado, a satisfacción del Gobierno, la exploración de la zona que se les concediere, cumpliendo con todas las condiciones impuestas en el respectivo permiso, tendrán, desde la expiración del término de dicho permiso, un plazo de seis (6) meses para proponer al Gobierno la celebración de un contrato de explotación, de acuerdo con las leyes sobre la materia.
Artículo 4
Los Exploradores Que Hubieren Verificado, A Satisfacción Del Gobierno, La Exploración De La Zona Que Se Les Concediere, Cumpliendo Con Todas Las Condiciones Impuestas En El Respectivo Permiso, Tendrán, Desde La Expiración Del Término De Dicho Permiso, Un Plazo De Seis (6) Meses Para Proponer Al Gobierno La Celebración De Un Contrato De Explotación, De Acuerdo Con Las Leyes Sobre La Materia
Decreto 1255 de 1919 · Por el cual se reglamenta la exploración de terrenos petrolíferos y se dispone llevar la estadística de minas de la misma materia
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.