Micelio

Artículo 1

Ley 46 de 1898 · Que prohíbe la emisión de billetes representativos de papel moneda

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1º Prohíbese la emisión y circulación de billetes de bonos particulares y de cualquier otro documento ó cédula que tenga por objeto sustituir el papel moneda en la circulación.

Tampoco es permitida la emisión y circulación de libranzas ó billetes expedidos por los Gobiernos departamentales ó municipales de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 46 de 1898